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lunes, 11 de noviembre de 2013

SALUD MÍA

Artículo 5 Creación de Salud Mía



Créase una unidad de gestión de carácter financiero, de naturaleza especial, del nivel descentralizado adscrita al Ministerio de Salud y  la Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y patrimonio independiente denominada Salud-Mía, La cuál será parte del Sistema General de Seguridad social en Salud

Comentario:
El ser un organismo descentralizado, requiere que tenga su propia gerencia, esto significa la creación de puestos burocráticos para que ganen grandes sumas de dinero de la plata que deriva de la salud, además será una instancia más para la manipulación de los dineros de la Nación destinados a Salud, entre más manos pase la plata, cada vez es menos, y siendo una entidad con personería jurídica propia, tiene riesgo como en toda organización en nuestro país de corrupción y conocemos la ineficiencia de los organismos de control como la Supersalud o la Superintendencia de industria y comercio para hacer control sobre las entidades, por lo tanto es una desventaja que también atenta en contra de la salud pública. 

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